En el día de ayer se ha publicado en el Boletín Oficial el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 792/2020, relacionado con la emergencia pública sanitaria y sus restricciones a raíz del Covid-19.
El decreto dispone la prórroga de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio o de distanciamiento social, preventivo y obligatorio, según las zonas del país que se detallan en la norma y los niveles de transmisión del virus, desde el 12 de octubre hasta el 25 de octubre de 2020 inclusive.
La norma es similar a los decretos precedentes, que han prorrogado las restricciones vigentes en el país desde el 20/03/2020, con ampliación gradual de las habilitaciones o permisos para diversas actividades laborales y sociales, pero a diferencia de las anteriores contiene una modificación trascendente (art. 24) en el campo laboral, al preverse que los grupos que se encuentran dispensados del deber de concurrencia al trabajo, como los mayores de 60 años de edad, las embarazadas y los Grupos de Riesgo declarados por la autoridad sanitaria nacional percibirán una compensación no remunerativa.
Esta nueva medida fue impulsada gracias a la gestión de FAETyL que se comunicó mediante una nota con el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, para hacerle llegar la petición. Este logro beneficiará a los empleadores ya que reducirá el costo que ellos deben pagar a los trabajadores de riesgo que hace meses no prestan servicio y que seguirán en esta condición mientras dure la situación sanitaria actual.
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